Convenio Colectivo 2022 – 2025

Escrito por Luis Quiroz

Convenio Colectivo 2022 – 2025 – Explicado con peras y manzanas

Pinche Aquí para ver el Convenio Colectivo 2022 – 2025

Como ya es sabido, el 28 de octubre del presente mes entra en vigor nuestro nuevo convenio colectivo que regirá la relación contractual entre la universidad y sus trabajadores sindicalizados y extendidos.

Para hacer más simple la explicación, en la siguiente nota haremos un compendio de simple explicación para que todos nuestros socios vean el alcance del convenio. Es importante recalcar que es responsabilidad del socio leer y estar al tanto de los beneficios, restricciones y formas de uso, por eso le recomendamos, encarecidamente, que frente  a cualquier duda, vaya directamente al sitio web para su respuesta. De esta forma, no saturaremos nuestros medios de contacto y podremos dar mejor y más rápida resolución a temáticas que aquejen a nuestros socios.

1-  Incremento de sueldo. A contar del mes de noviembre a los trabajadores no académicos asociados en la nómina del convenio colectivo se le incrementará la suma de 12 mil pesos.  En noviembre de 2023 de 10 mil pesos y en noviembre de 2024 de 8 mil pesos.

En el caso de los docentes que estén en la nómica del convenio colectivo recibirán en los meses de Febrero, mayo, agosto y noviembre de 2023 la suma de 36 mil pesos. En los mismos meses de 2024. La suma será de 66 mil pesos. En los mismos meses de 2025 será de 90 mil pesos. Esto sin perjuicio de los docentes más antiguos que ya recibían la bonificación del convenio anterior, la suma en su caso no serán los montos anteriores, sino que ascenderán trimestralmente a: 120.561 en 2023,.150.561 en 2024 y 174.561 en 2025.

2-  En el caso de la asignación por alimentación del periodo estival para los trabajadores no académicos, a contar de noviembre de 2022 no será descontado en vacaciones siempre y cuando se cumpla con dos condiciones: que sea tomadas íntegramente 15 días y que sea dentro del periodo de diciembre a mayo.

3-  En el caso de los descuentos de arancel se mantiene el 50% para los conyugues y convivientes civiles pero se mejoran en los siguientes: Aumento a un 60% para hijos de trabajadores en carreras de pregrado: Aumento a un 80 % para trabajadores para carreras vespertinas y online, blended y carreras técnicas. Este mismo descuento rige para todos los posgrados exceptuando en área salud y doctorados – Con un máximo de 2 cupos por programa y versión. Las restricciones son que el alumno sea aceptado en el programa o carrera y en el caso del trabajadores que tenga contrato indefinido, antigüedad mínima de 2 años , salud compatible y una evaluación de desempleo{o de 4.0 o más. Es muy importante recordar que este beneficio no es acumulable con otro tipo de becas o descuentos ya sean públicas o privadas.

4-  Tanto el aguinaldo de navidad como el de fiestas patrias para trabajadores no académicos  mejoró de la siguiente manera:

  • 1er periodo: Diciembre 2022 y septiembre 2023 se mantiene en 2.0 uf
  • 2do periodo: Diciembre 2023 y septiembre 2024 aumento a 2.3 uf
  • 3er periodo: Diciembre 2024 y septiembre 2025 aumenta a 2.8 uf.

En el caso de los trabajadores docentes durante todo el periodo del convenio colectivo tendrán un aguinaldo de 1 uf. Este será entregado por parte de Sintum . y será sumado a otros posibles beneficios entregados en dichas fechas-

5-  En el caso de matrimonio o unión civil se mantiene 1 día adicional de permiso con goce de sueldo y la asignación aumentó de 50 mil a 180 mil pesos.

6-  En el caso de cuota mortuoria por fallecimiento de algún socio aumentó de 100 mil a 200 mil pesos.

7-  Bono de vacaciones: En el caso de este bono en el periodo 2023 se mantiene en 1 uf. En el periodo 2024 sube a 1.5 y en el 2025 llega a las 2 uf. Las condiciones son las mismas que en el convenio anterior- Tanto el beneficio de matrimonio, cuota mortuoria y bono de vacaciones son de exclusividad del sindicato y no son extensibles.

8-  En el caso de los días administrativos, para los trabajadores no académicos se aumento de 3 a 4 en el año; 2 por semestre con las mismas condiciones que el convenio anterior. Además, se incorporan los trabajadores docentes que tendrán derecho a 1 día administrativo por semestre y podría ser tomado completo o 2 medias jornadas. Siempre que no entorpezcan las clases.

9-  En el caso de las vacaciones del invierno para los trabajadores con más de cinco años en la empresa, se mantuvo el intervalo de cinco años, pero se extendió la cantidad de años, por lo que el beneficio será de 1 día cada 5 años con un tope de 25 años. Estos días no son acumulables y  deben ser tomados, sí o sí, en el periodo de vacaciones de invierno estipulado en el calendario académico de cada año.

10-  En el caso del denominado bono abuelita, que se entrega cuando el hijo menor de 2 años no puede asistir a una guardería por problemas de salud, este se incrementó de 100 mil a 150 mil pesos para la jornada completa.

11-  En el caso del día libre por cumpleaños se mantiene para los trabajadores no académicos, pero se le agrega que si el día del cumpleaños cae en un día feriado dentro de la una semana laboral se podrá hacer uso dentro de la misma semana con el mutuo acuerdo de la jefatura. Los docentes se incorporan a este beneficio. Si el día del cumpleaños tiene clases, este puede ser tomado dentro la semana siguiente, ya sea el día completo o dos medios días.

12-  Para la asignación por reemplazo. Se agrega al bono por sobre 11 días de reemplazo  por licencia, los retiros voluntarios, no así las desvinculaciones: el porcentaje sube de 28 % a 30% y este puede ser divisible entre 2 trabajadores.

13-  SE incorpora el beneficio “bono marzo” este consiste en un monto que asciende a 0.5 Uf en marzo de 2023; de 0.75 en marzo de 2024 y a 1 uf en  2025.

14-  Se incorporaron como beneficio tres cupos para uso exclusivo del sindicado con el fin de poner término a la relación laboral de mutuo acuerdo, pero con el pago del 100 de la liquidación como si fuese necesidad de la empresa. En los siguientes meses la directiva de Sintum emitirá un protocolo para la postulación, en la próxima asamblea.

15-  Finalmente se agregó 1 medio día al año para asistir a actividades escolares de nuestros hijos. Esto debe ser solicitado con 72 horas de anticipación.

Es importante recordar que todos estos beneficios comienzan a regir a contar del 28 de octubre de 2022 y estarán publicados en la página web SINTUM

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *